jueves, 17 de julio de 2025

Franquismo y monarquía

En el ordenamiento jurídico español actual, no existen leyes del régimen franquista (1939-1975) que permanezcan en vigor en su forma original, ya que la promulgación de la Constitución de 1978 y la transición democrática derogaron explícita o implícitamente la normativa de la dictadura, que era incompatible con los principios democráticos, los derechos fundamentales y el Estado de Derecho. Sin embargo, hay algunos matices importantes que merece la pena destacar:
  1. Derogación de la normativa franquista: La Constitución de 1978, en su disposición derogatoria, establece que quedan derogadas todas las normas que se opongan a ella, lo que incluye la gran mayoría de las leyes del régimen franquista, como el Fuero de los Españoles (1945), la Ley de Principios del Movimiento Nacional (1958) o la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado (1947). Estas leyes eran pilares del sistema político autoritario y fueron eliminadas al instaurarse la democracia.
  2. Continuidad de ciertas normas técnicas: Algunas leyes o disposiciones administrativas del franquismo, especialmente en materias técnicas o no ideológicas (como regulaciones de derecho civil, mercantil o administrativo), pudieron mantenerse transitoriamente durante los primeros años de la transición hasta que fueron reemplazadas o reformadas. Por ejemplo:
    • El Código Civil de 1889, que ya existía antes del franquismo, fue utilizado durante el régimen y continuó en vigor tras 1978, aunque con reformas significativas para adaptarlo al marco constitucional (por ejemplo, en temas de igualdad de género o derechos sucesorios).
    • Algunas normas de derecho laboral o de organización administrativa, como las relativas a la estructura de ministerios o procedimientos burocráticos, pudieron tener una continuidad temporal hasta su sustitución.
  3. Derecho foral y otras excepciones: En regiones con derechos forales (como Cataluña, Navarra o el País Vasco), ciertas normas preexistentes al franquismo que no fueron abolidas durante la dictadura continuaron aplicándose y, en algunos casos, fueron adaptadas en la democracia. Sin embargo, estas no son leyes "franquistas", sino normas previas que el régimen mantuvo.
  4. Leyes de represión y su derogación: Las leyes franquistas de carácter represivo, como la Ley de Responsabilidades Políticas (1939) o la Ley de Represión de la Masonería y el Comunismo (1940), fueron derogadas explícitamente durante la transición. Además, la Ley 52/2007, de Memoria Histórica (actualizada como Ley de Memoria Democrática, 20/2022), declara la ilegitimidad de las normas represivas del régimen y de las sentencias dictadas por tribunales franquistas, reforzando su inaplicabilidad.
  5. Resquicios legales y debates: Aunque no hay leyes franquistas vigentes, en algunos casos ha habido controversias sobre la pervivencia de ciertos efectos jurídicos residuales, como en temas de expropiaciones, confiscaciones o títulos nobiliarios otorgados durante el régimen. Estos casos son tratados individualmente por los tribunales y suelen resolverse conforme al derecho actual. Por ejemplo, la Ley de Memoria Democrática ha impulsado la revisión de actos administrativos o jurídicos derivados del franquismo que aún pudieran tener efectos.
  6. Acceso a normativa histórica: Las leyes del franquismo pueden consultarse en archivos históricos, como el Boletín Oficial del Estado (disponible en formato digital para esa época) o en el Archivo Histórico Nacional, pero solo con fines históricos o académicos, ya que no tienen validez jurídica actual.
En conclusión, no hay leyes del franquismo vigentes en el ordenamiento jurídico español actual, ya que fueron derogadas o reemplazadas durante la transición democrática y por legislaciones posteriores, especialmente la Constitución de 1978 y la Ley de Memoria Democrática.